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PRODUCTOS Y SERVICIOS - CRÉDITOS HIPOTECARIOS

2.- PROYECTOS HABITACIONALES (LARGO PLAZO):

2.1.- RECURSOS PROPIOS:

2.1.1.- ADQUISICIÓN DE VIVIENDA PRINCIPAL: : (ESTE SERVICIO SE ENCUENTRA TEMPORALMENTE SUSPENDIDO)
  • Será sujeto de la tasa de interés social vigente 10,11%, siempre y cuando los ingresos mensuales familiares no superen las 500 U.T.
  • Persona natural, venezolano o en caso de ser extranjero deberá ser residente vigente y/o tener hijo venezolano.
  • El plazo mínimo es de cinco (05) años y el máximo es veinte (20) años, en función a la capacidad de pago.
  • Se pueden efectuar amortizaciones especiales a capital en cualquier momento, siempre y cuando el monto a aplicar sea igual o mayor a la cuota mensual cancelada.
  • El inmueble a adquirir deberá estar situado en el perímetro establecido como “NO RIESGOSO” según lo determine el ente de infraestructura de cada estado o por las autoridades inherentes en la materia.
  • Se financiará el 75% de la garantía siempre y cuando el precio de venta sea mayor al mismo.
  • Avalar la garantía ofrecida en calidad de préstamo a través del pago de seguro de vida e incendio, es de resaltar que a fin de agilizar procesos la empresa aseguradora se asignará a través de la institución.
  • En los casos que los solicitantes superen la edad de 45 años y/o el monto a solicitar sea mayor a 3.260,87 U.T., deberán efectuarse los exámenes médicos requeridos por la aseguradora asignada por la institución. El resultado de los mismos podrá afectar la decisión del comité de créditos hipotecarios o Junta Directiva.
  • Mantener cuenta con la institución por un período no menor de seis meses, el movimiento de la misma deberá promediar el ingreso mensual del solicitante.
  • En caso de ajustarse con los recaudos anteriormente mencionados deberá acceder al menú de formatos, a fin de conformar expediente de solicitud de préstamo contentivo de los requisitos para la tramitación de la misma y dirigirse a la sucursal más cercana a su lugar de residencia.
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2.1.2.- CONSTRUCCIÓN INDIVIDUAL DE VIVIENDA PRINCIPAL:
(ESTE SERVICIO SE ENCUENTRA TEMPORALMENTE SUSPENDIDO)
  • Será sujeto de la tasa de interés social vigente 10,11%, siempre y cuando los ingresos mensuales familiares no superen las 500 U.T.
  • Persona natural, venezolano o en caso de ser extranjero deberá ser residente vigente y/o tener hijo venezolano.
  • El plazo mínimo es de cinco (05) años y el máximo es veinte (20) años, en función a la capacidad de pago.
  • Presentar presupuesto general o costos de materiales y mano de obra; asimismo memoria descriptiva del proyecto y cronograma de ejecución de la obra.
  • Permiso de construcción emitido por la Alcaldía correspondiente.
  • Planos permisados por la Alcaldía correspondiente.
  • Se financiará el 100% del presupuesto siempre y cuando, el mismo se ajuste a los precios vigentes del mercado y de acuerdo a la capacidad de endeudamiento que posea el deudor hipotecario.
  • Se desembolsará inicialmente anticipo en función al aval garantizado, por lo cual el porcentaje lo determina el área técnica de la institución; de igual manera las consecutivas partidas deberán presentarse con sus respectivos soportes (Facturas Originales y/o valuación avalada por un profesional de la materia).
  • Se pueden efectuar amortizaciones especiales a capital en cualquier momento, siempre y cuando el monto a aplicar sea igual o mayor a la cuota mensual cancelada, es de acotar que este tipo de cuotas extraordinarias sólo podrán efectuarse cuando los desembolsos de las partidas del préstamo a corto plazo se consignaron en su totalidad.
  • El inmueble adquirir deberá estar situado en el perímetro establecido como “NO RIESGOSO” según lo determine el ente de infraestructura de cada estado o por las autoridades inherentes en la materia.
  • Avalar la garantía ofrecida en calidad de préstamo a través del pago de seguro de vida e incendio, es de resaltar que a fin de agilizar procesos la empresa aseguradora se asignará a través de la institución.
  • En los casos que los solicitantes superen la edad de 45 años y/o el monto a solicitar sea mayor a 3.260,87 U.T., deberán efectuarse los exámenes médicos requeridos por la aseguradora asignada por la institución. . El resultado de los mismos podrá afectar la decisión del comité de créditos hipotecarios o Junta Directiva.
  • En caso de ajustarse con los recaudos anteriormente mencionados deberá acceder al menú de formatos, a fin de conformar expediente de solicitud de préstamo contentivo de los requisitos requeridos para la tramitación de la misma y dirigirse a la sucursal más cercana a su lugar de residencia.
  • En caso de remodelación de vivienda principal serán los mismos recaudos, sin embargo, el plazo máximo es de cinco (5) años.
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2.2.-RECURSOS DEL FONDO DE AHORRO OBLIGATORIO PARA LA VIVIENDA:

  • Será sujeto de la tasa de interés social vigente y del beneficio de subsidio directo habitacional de acuerdo al rango de ingresos percibidos por el grupo familiar, a continuación se detallan:

    INGRESO FAMILIAR EXPRESADO EN U.T.
    TASA SOCIAL VIGENTE
    SUBSIDIO DIRECTO HABITACIONAL EXPRESADO EN U.T.
    1U.T HASTA 28,98 U.T. 4,66% 650 U.T.
    >28,98 U.T HASTA 55 U.T. 6,99% 550 U.T.
    >55 U.T HASTA 150 U.T. 9,31% 0 U.T.

  • Persona natural, venezolano o en caso de ser extranjero deberá ser residente vigente y/o tener hijo venezolano.
  • El plazo máximo es veinte (20) años, en función a la capacidad de pago.
  • Se pueden efectuar amortizaciones especiales a capital en cualquier momento, siempre y cuando el monto a aplicar sea igual o mayor a la cuota mensual cancelada.
  • El inmueble adquirir deberá estar situado en el perímetro establecido como “NO RIESGOSO” según lo determine el ente de infraestructura de cada estado o por las autoridades inherentes en la materia.
  • Se financiará el 75% de la garantía siempre y cuando el precio de venta sea mayor al mismo.
  • Avalar la garantía ofrecida en calidad de préstamo a través del pago de seguro de vida e incendio, el cual se cancelará a través del Fondo de Garantía cuya prima es equivalente al 1,43% en prima inicial al momento de la liquidación en función al préstamo otorgado, de igual manera primas mensuales y consecutivas calculadas en base al saldo deudor.
  • En caso de ajustarse con los recaudos anteriormente mencionados deberá acceder al menú de formatos, a fin de conformar expediente de solicitud de préstamo contentivo de los requisitos requeridos para la tramitación de la misma y dirigirse a la sucursal más cercana de su lugar de residencia.
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2.3.- ADQUISICIÓN DE VIVIENDA SECUNDARIA:

Son créditos hipotecarios otorgados para las personas que poseen vivienda principal y desean adquirir una adicional, se cancelan mediante cuotas mensuales y consecutivas que comprenden capital, interés y póliza de seguro. (Son otorgados con recursos propios de la institución).
  • Será sujeto de la tasa de interés 23%.
  • Persona natural, venezolano o en caso de ser extranjero deberá ser residente vigente y/o tener hijo venezolano.
  • El plazo máximo es siete (07) años, en función a la capacidad de pago. Se pueden efectuar amortizaciones especiales a capital en cualquier momento, siempre y cuando el monto a aplicar sea igual o mayor a la cuota mensual cancelada.
  • El inmueble para adquirir deberá estar situado en el perímetro establecido como “NO RIESGOSO” según lo determine el ente de infraestructura de cada estado o por las autoridades inherentes en la materia.
  • Se financiará el 75% de la garantía, siempre y cuando el precio de venta sea mayor al mismo.
  • Avalar la garantía ofrecida en calidad de préstamo a través del pago de seguro de vida e incendio, es de resaltar que a fin de agilizar procesos la empresa aseguradora se asignará a través de la institución.
  • En los casos que los solicitantes superen la edad de 45 años y/o el monto a solicitar sea mayor a 3.260,87 U.T, deberán efectuarse los exámenes médicos requeridos por la aseguradora asignada por la institución. . El resultado de los mismos podrá afectar la decisión del comité de créditos hipotecarios o Junta Directiva.
  • En caso de ajustarse con los recaudos anteriormente mencionados deberá acceder al menú de formatos, a fin de conformar expediente de solicitud de préstamo contentivo de los requisitos para la tramitación de la misma y dirigirse a la sucursal más cercana a su lugar de residencia.

2.4.- ADQUISICIÓN DE LOCAL COMERCIAL:

Son créditos hipotecarios otorgados a personas que deseen adquirir local comercial, se cancelan mediante cuotas mensuales y consecutivas que comprenden capital, interés y póliza de seguro.
  • Será sujeto de la tasa de interés 26%.
  • Persona natural, venezolano o en caso de ser extranjero deberá ser residente vigente y/o tener hijo venezolano.
  • El plazo máximo es cinco (05) años, en función a la capacidad de pago.
  • Se pueden efectuar amortizaciones especiales a capital en cualquier momento, siempre y cuando el monto a aplicar sea igual o mayor a la cuota mensual cancelada.
  • El inmueble para adquirir deberá estar situado en el perímetro establecido como “NO RIESGOSO” según lo determine el ente de infraestructura de cada estado o por las autoridades inherentes en la materia.
  • Se financiará el 75% de la garantía, siempre y cuando el precio de venta sea mayor al mismo.
  • Avalar la garantía ofrecida en calidad de préstamo a través del pago de seguro de vida e incendio, es de resaltar que a fin de agilizar procesos la empresa aseguradora se asignará a través de la institución.
  • En los casos que los solicitantes superen la edad de 45 años y/o el monto a solicitar sea mayor a 3.260,87 U.T, deberán efectuarse los exámenes médicos requeridos por la aseguradora asignada por la institución. El resultado de los mismos podrá afectar la decisión del comité de créditos hipotecarios o Junta Directiva.

2.5.- CONSTRUCCIÓN INDIVIDUAL DE VIVIENDA SECUNDARIA:

Son créditos hipotecarios destinados a la construcción, remodelación ó ampliación de la vivienda secundaria, cuyo desembolso se realiza mediante entregas parciales, previa presentación de soportes de avance de obra.
  • Será sujeto de la tasa 23%.
  • Persona natural, venezolano o en caso de ser extranjero deberá ser residente vigente y/o tener hijo venezolano.
  • El plazo máximo es siete (07) años, en función a la capacidad de pago y solicitud del deudor hipotecario.
  • Presentar presupuesto general o costos de materiales y mano de obra; asimismo memoria descriptiva del proyecto y cronograma de ejecución de la obra.
  • Permiso de construcción emitido por la Alcaldía correspondiente.
  • Planos permisados por la Alcaldía correspondiente.
  • Se financiará el 100% del presupuesto siempre y cuando, el mismo se ajuste a los precios vigentes en el mercado y de acuerdo a la capacidad de endeudamiento que posea el deudor hipotecario.
  • Se desembolsará inicialmente anticipo en función al aval garantizado, por lo cual el porcentaje lo determina el área técnica de la institución; de igual manera las consecutivas partidas deberán presentarse con sus respectivos soportes (facturas originales y/o valuación avalada por un profesional de la materia).

2.6.-CONSTRUCCIÓN LOCAL COMERCIAL:

Son créditos hipotecarios destinados a la construcción, remodelación o ampliación de local comercial, cuyo desembolso se realiza mediante entregas parciales, previa presentación de soportes de avance de obra. Durante la ejecución de la obra el cliente cancelará cuotas mensuales que comprenden capital, interés y seguro, prorrateadas de acuerdo al monto liquidado.
  • Será sujeto de la tasa 22%.
  • Persona natural, venezolano o en caso de ser extranjero deberá ser residente vigente y/o tener hijo venezolano.
  • El plazo máximo es cinco (05) años, en función a la capacidad de pago y solicitud del deudor hipotecario.
  • Presentar presupuesto general o costos de materiales y mano de obra; asimismo memoria descriptiva del proyecto y cronograma de ejecución de la obra.
  • Permiso de construcción emitido por la Alcaldía correspondiente.
  • Planos permisados por la Alcaldía correspondiente.
  • Se financiará el 100% del presupuesto siempre y cuando, el mismo se ajuste a los precios vigentes en el mercado y de acuerdo a la capacidad de endeudamiento que posea el deudor hipotecario.
  • Se desembolsará inicialmente anticipo en función al aval garantizado, por lo cual el porcentaje lo determina el área técnica de la institución; de igual manera las consecutivas partidas deberán presentarse con sus respectivos soportes (facturas originales y/o valuación avalada por un profesional de la materia).
BANAVIH - Banco Nacional de Vivienda y Hábitat
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Cálculo de Financiamiento para personas naturales con doce (12) o más cotizaciones al Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda (F.A.O.V.) o Fondo de Ahorro Voluntario para la Vivienda (F.A.V.V.)